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Primera verificación del sistema CAE en España: EQA y Remica

# Episodio 60

En este podcast contamos con la intervención de José Sierra, Director de I+D+i de Remica, y Clara Gozález-Pedraz, Responsable de la Unidad de Negocios de Energía en EQA España.

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01:14 ¿Qué es el sistema CAE?

06:39 ¿Qué significa ser sujeto delegado y cómo habéis logrado acreditaros?

09:08 ¿Qué habéis verificado? ¿Qué beneficios os aporta esta verificación?

10:22 ¿Cómo ha sido vuestra experiencia con EQA España en este proceso de verificación?

11:58 ¿Quién puede ser verificador acreditado CAE?

13:08 ¿En qué consiste el proceso de verificación y cuánto suele durar el proceso?

19:15 ¿Hay coste estipulado?

20:21 Contacto EQA España

 

Transcripción

Hoy vamos a hablar de los certificados de ahorro energético y de la primera experiencia nacional con CAES. Remica ha sido la primera empresa de España en verificar el Sistema CAE de certificados de ahorro energético y EQA España se ha encargado de llevar a cabo esta verificación.

Grupo Remica es experto en gestión energética y es una de las entidades del sector de la gestión energética que más invierte en I+D+i, superando los 700.000 euros anuales.

Para hablar de este hito, de la primera verificación en sistemas CAE hoy vamos a charlar con Jose Sierra, Director de I+D+i en Remica y con Clara González Pedraz, Responsable de la Unidad de Negocios de Energía en EQA España. Buenos días a los dos y muchas gracias por participar en Certifica, el podcast de EQA.

Si os parece bien, vamos a comenzar hablando con Clara. Clara, cuéntanos brevemente, ¿qué es el sistema CAE?

Bueno, brevemente, a ver si puedo. Este sistema CAE certificado de ahorro energético se crea para generar un mercado y lo genera el Ministerio, el Ministerio de Transición Ecológica. A través del Real Decreto 36/2023 del 24 de enero. Entonces lo que trata es de impulsar actuaciones de ahorro energético, y ¿cómo se impulsa? Pues por primera vez en España se va a pagar por el kilovatio/hora ahorrado, es decir, el no kilovatio, el kilovatio no consumido. Con este sistema, lo que se consigue es que cualquier actuación generada de generadora de ahorros energéticos que se haya ejecutado después de la entrada en vigor de este Real Decreto, estos ahorros generados a los 12 primeros meses de la implantación de la puesta en marcha podrían transformarse estos kilovatios ahorrados en CAE´s, que son certificados de ahorro energético.

Para ello tienen que ser verificados y registrados como tal en el Ministerio. Entonces los CAE´s entrarían en un mercado de compraventa y liquidación, es decir, tienen un valor de mercado en euros. ¿Qué agentes van a mercadear a entrar en esa bolsa? Pues van a entrar los sujetos obligados y los sujetos delegados, los sujetos obligados son las, por decirlo brevemente, las comercializadoras de energía, y son realmente el motor del mercado los que van a impulsar la generación de caes ¿Por qué? Porque los sujetos obligados desde el año 2014 contribuyen con una cantidad económica al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Esta cantidad se calcula anualmente y tiene una equivalencia financiera. Entonces en 2023, la equivalencia financiera era de 166€ por cada megavatio comercializado, pero a partir de 2023 un porcentaje de esta obligación financiera la pueden contribuir en forma de CAE´s, es decir, de certificados de ahorro energético que equipara esos megavatios ahorrados.

Entonces, en 2023 fue hasta el 40% y para los años posteriores va a ir aumentando este porcentaje y también se prevé que aumente la equivalencia financiera, con lo cual es un mercado que se acaba de poner en marcha y que va a generar mucho. Daos cuenta que los sujetos obligados los hay que tienen que contribuir con millones de euros al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, con lo cual ¿Y si puede liquidar parte con esos megavatios ahorrados? Pues, se ahorrarán una parte importante a liquidar a ese fondo. Estos ahorros, ¿cómo los van a adquirir los sujetos obligados? Pues bien, directamente o a través de sujetos delegados que son otras entidades que como Remica, que ya nos explicará José un poco cómo se han convertido en sujeto delegado, pero digamos que los sujetos obligados lo que buscan es CAE´s, es decir, ahorro energético que puedan adquirir. Y a su vez, que deberán pagar por ese ahorro energético, es decir, si una comunidad de vecinos rehabilita una fachada o una fábrica, pone unos motores más eficientes, sería un propietario inicial de ahorros energéticos que podría vender como CAE´s.

Como he hablado también, los sujetos delegados también pueden comprar, vender o liquidar, CAE´s frente a la aportación de un determinado sujeto obligado, los caes deben ser verificados previamente a su registro en el Ministerio. Entonces ahí es donde entraría el papel de EQA. Una de las cuestiones básicas a verificar sería esa compensación al propietario original de labor, es decir, a la fábrica, a la comunidad de vecinos, a quien implante en su casa esa actuación de ahorro.

Las órdenes que desarrollaron este Real Decreto aprobado en enero, pero en realidad no se aprobaron hasta julio y se comenzaron a verificar los ahorros en noviembre. Por eso ha sido un hito el haber sido los primeros que hemos logrado finalizar con un dictamen positivo, una verificación de CAE´s en España poniendo en marcha este nuevo mercado de fomento de ahorro energético.

Pues desde aquí queremos queremos dar la enhorabuena a Remica. Claro que sí, por haber sido pionera la verificación de Caes en España y por el gran trabajo realizado. Enhorabuena, enhorabuena a los dos.

Muchas gracias.

¿José, pues cuéntanos un poco qué significa ser sujeto delegado, como habéis logrado acreditaros?

Bueno, Marta, pues yo creo que Clara lo ha explicado muy bien. El sujeto delegado al final es la figura intermedia entre ese sujeto obligado que está, que tiene que contribuir al Fondo Nacional de Eficiencia Energética y el propietario del ahorro. ¿Y qué es el propietario del ahorro? Pues esa pequeña industria, esa comunidad de propietarios de esa comunidad, de vecinos que quiere hacer una actuación de eficiencia energética y sabe que esa actuación entra dentro de las fichas o de los proyectos singulares que recoge la Directiva.

Bueno, pues la figura del Instituto delegado es, en muchos casos, incluso el promotor de la idea, es decir, es el que habla con el cliente final, le ofrece una actuación de eficiencia energética, le ofrece toda la gestión, acompañamiento y, en el caso de Remica, también hacemos todo lo que es la ejecución de la instalación y luego los servicios transgénicos posteriores, de tal manera que lo que estamos haciendo es dinamizar de alguna forma el mercado de CAE´s, llevar al cliente final ese ahorro y luego convertirlo en una minoración de su inversión por medio de la venta de esos CAE´s , de esos ahorros energéticos.

De tal manera que el sujeto delegado dentro de esa estructura, bajo nuestro punto de vista, es quizás la figura o el promotor de ese tipo de acciones. Puede haber otros que simplemente actúan de una zona más reactiva, pero Remica, a diferencia en este modelo, en ser un dinamizador del proceso. Es decir, coger al propietario, ponerle en contacto con ese sujeto obligado y establecer unos mecanismos para que sus inversiones de ahorro y eficiencia energética, pues se vean beneficiados con la venta de los CAE´s, o los ahorros que ellos van a promover. En cuanto al proceso de acreditación, bueno, pues igual que el proceso de verificación, al ser el primero, ha sido un poco más complejo de lo que supongo que será en un futuro. En la acreditación también lo ha sido en el sentido de bueno, pues al final sujeto delegado son aquellas empresas que acreditan una formación técnica, una experiencia técnica, una posición también financiera, económica.  Y experiencia en el sector, entonces, pues Remica, gracias a que lleva muchos años trabajando ya en este sector ha conseguido acreditarse. Se trata también de que somos los primeros en acreditarnos como sujeto delegado.

Pues ya nos has contado sobre la acreditación y no sé si puedes contarnos ahora con mayor detalle ¿qué es lo que habéis verificado y qué beneficios os reporta esta verificación?

Mira el proyecto que presentamos a verificar junto con el con el equipo técnico de Clara era un proyecto que eran varias comunidades de propietarios, en este caso eran 29 comunidades de propietarios en las que se había hecho una actuación que nosotros llamamos plan Libri Plus, que es un plan en el que sustituimos calderas por anoteria, es decir, vamos alineados en todo el proceso de descarbonificación y de electrificación, vamos a reducir emisiones de CO2 y vamos a montar la eficiencia energética en las instalaciones. Bueno, pues esta actuación que ha sido yo creo que una de las mayores que se ha llevado a cabo en términos de ahorros. En términos de kilovatios, aproximadamente 8 gigas y en términos de CAE´s estaríamos hablando de 8.000.000 de CAE´s, porque un cae es un kilovatio hora, pero digamos que nos ha servido para dinamizar desde un principio la ejecución de ese proyecto y para poder trasladar a los vecinos el ahorro correspondiente por los ahorros o por los kilovatios auditados. Durante ese primer año, que es lo que fija el el Real Decreto, durante ese primer año de operación de los CAE´s.

Y ya se ha adelantado antes la complicación inicial del proceso, pero no sé si nos puedes contar ¿cómo ha sido vuestra experiencia con EQA España en este proceso de verificación?

Pues mira la cuando digo complicado no es porque EQA lo haya puesto difícil, todo lo que ha hecho es un trabajo excelente. Ha sido más el que estábamos todavía en un momento incipiente en cuanto a documentación, en cuanto a plataformas y demás, entonces nosotros entendemos que esto en un futuro será todo mucho más ágil y dinámico. Pero bueno, a día de hoy, yo creo que hemos conseguido llevarlo a cabo en un tiempo razonable. Hemos tenido el el apoyo de agentes del sector y en el caso concreto de EQA creo que la comunicación entre ambas partes ha sido ha sido beneficiosa, ha sido favorable y el hecho de haber trabajado con ellos yo creo que nos ha aportado lo que necesitabamos en este momento, que era dinamismo, velocidad y respuesta, porque nuestro objetivo era verificar estos ahorros en el año 2023. Y como decía antes Clara, hasta julio/noviembre no hemos tenido las reglas de juegos claras de cómo trabajar. Porque todo el mundo estaba muy centrado en sacarlo adelante y había que desarrollar todos los mecanismos, y la verdad es que hemos ido siendo los pioneros en cada uno de los procesos que se abrían, de tal manera que bueno, pues al final hemos conseguido llegar aquí. Además, se ha verificado de manera favorable, con lo cual estamos todavía doblemente satisfechos.

Vamos también a explicar, Clara, si te parece bien, ¿quién puede ser verificador acreditado CAE?.

Pues un verificador de ahorros energéticos, tiene que ser una entidad que esté acreditada por ENAC, pero de manera transitoria, como pues con la aprobación del Real Decreto y de las órdenes ministeriales no había ninguno, entonces, pues hay una disposición transitoria en la orden 815 que desarrolla el Real Decreto que establece que desde julio 2023 a julio 2024 podrán actuar como verificadores de ahorro energético todas aquellas entidades que hemos solicitado a ENAC la acreditación como verificador y que además dispongamos de acreditación de verificación y validación conforme a la UNE 14065, pues es el caso de EQA, que actualmente está acreditada como verificador de mercado de Comercio de emisiones y es validador de autoevaluación del DNSH, por ejemplo. Entonces, bueno, pues serían entidades acreditadas.

Y desde el punto de vista de EQA, de la entidad de verificación, cuéntanos Clara, ¿en qué consiste el proceso de verificación y cuánto suele durar aproximadamente este proceso?.

Bueno, pues al final la verificación es una evaluación. Tú vas a evaluar y comprobar el cálculo de un ahorro energético en el caso de los CAE´S, es decir, que el número de CAE´S es correcto y te vas hasta el origen, hasta el dato primario, origen de todo el cálculo. Entonces también compruebas la calidad de ese dato de origen y el cálculo, la metodología de cálculo. Al final lo que trata es de determinar que la cifra de kilovatios/hora calculados en 12 meses tenga un error inferior a un nivel de materialidad que nos marca ENAC en el en el documento RD 33, que es el documento de acreditación. Que varía en función de la cantidad de CAE´S a verificar y es entre el 5 y el 2%. Ese error debe ser inferior a eso y también se calcula realmente la veracidad de la actuación, o sea, más allá de los datos, más allá del papel, digamos dentro de la técnica posible y viable. Es decir, tiene que ser un personal muy especializado en eficiencia energética el que evalúe esa actuación y si es coherente con el ahorro declarado.

Es importante también todo el soporte documental del sistema CAE y lo más clave, de toda la documentación es el convenio que exista entre el sujeto obligado o delegado con el propietario inicial del ahorro, que el Convenio de cesión de los CAE´S por el propietario inicial, y qué contraprestación va a recibir este propietario del ahorro y en qué manera se va a pagar esa contraprestación. Luego la verificación es diferente. Hay dos tipos de actuaciones generadoras de ahorro, hay unas actuaciones de catálogo que tienen un catálogo del Ministerio que se ha revisado y está en la resolución 20 de octubre de 2023. Y el resto de actuaciones serían singulares. Las actuaciones de catálogo, pues hay unas fichas de catálogo con unas actuaciones estandarizadas y que recogen una metodología de cálculo y una documentación adjunta. Son verificaciones más sencillas. Y son en remoto. Las actuaciones de catálogo se pueden agrupar en una misma verificación, siempre y cuando se hayan realizado el mismo año y en la misma Comunidad Autónoma. Esto hace que el tiempo de verificación pues se ajuste más y sin embargo, existe un riesgo al agruparlas, que es que si vas a verificar varias actuaciones y para una el dictamen es negativo, se caerían todas las de esa verificación. Son agrupadas. El resto que no tienen dictamen negativo, digamos, podrían volver a iniciar una verificación con el mismo verificador, pero bueno, inicialmente sí serían dictamen negativo para todas. Eso con las actuaciones de catálogo estandarizadas, las la verificación de actuaciones singulares es más complejo. Se planifica en función del riesgo que conlleve esa actuación del proyecto a ejecutar. Y conllevan una visita a emplazamiento. Hay 5 sectores, considerados de actuaciones singulares que son industria residencial, terciario, transporte y agrícola, que incluye todo lo que es agricultura, silvicultura, ganadería y pesca. También comentar que las actuaciones singulares son más complejas y también generan más ahorros entonces, para actuaciones singulares de más de un gigavatio de ahorro. Existe la posibilidad de ejecutar una especie de validación previa antes de finalizar el proyecto e incluso de iniciarlo, de cálculo de metodología, de cálculo de fase de proyectos. Sería una especie de validación. Y se contrataría un verificador para esa consulta previa en este caso. Si la consulta previa fuese positiva, no excluye que sea necesario la verificación final. Eso sigue existiendo. Lo que pasa es que lo debe hacer otro verificador diferente. La verificación final de ahorros una vez ejecutada la actuación. Y bueno por comentar el proceso de verificación realmente siempre tiene las mismas fases, da igual que sea de catálogo o singular, una primera de estudio documental, luego una fase de verificación como tal y una revisión técnica final. En la fase de verificación es cuando el equipo verificador mantiene reuniones y contrasta todos los datos y la información con el cliente. Y ahí el verificador jefe emite un informe y una propuesta de dictamen. Esto pasa a revisión técnica. Un revisor independiente corrobora el dictamen de verificación y este puede ser favorable, favorable con inexactitudes no importantes o desfavorable, con inexactitudes importantes. ¿Y qué son exactitudes? Pues son errores en ese cálculo de CAE´S fundamentalmente. Si esos errores suponen más de ese porcentaje, de ese nivel de materialidad, pues sería importante, y si esos errores son inferiores a ese nivel de materialidad, pues sería no importante. También sería importante si no se cumplen requisitos fundamentales documentales como eso que hablaba de un convenio o un contrato final que se en que se pueda comprobar la contraprestación al propietario original del ahorro. Y bueno, más o menos esto es el proceso.

Clara y ¿hay un coste estipulado?.

Pues el coste depende un poco del trabajo que conlleve la verificación y de las jornadas que conlleve la complejidad, el riesgo, etcétera. Más o menos tenemos una horquilla para actuaciones de catálogo y si se agrupan, claro, el coste va a ser más competitivo para las singulares. Se estudia con el propio proyecto a verificar, se estudia ad hoc. En cualquier caso, EQA es bastante ágil emitiendo ofertas. Tenemos preparado un cuestionario de datos que se rellenaría por el sujeto obligado delegado que solicite la verificación y les calculamos una oferta en cuestión de días e incluso horas en verificaciones de catálogo.

Para terminar, Clara, creo que sería interesante explicar cómo pueden ponerse en contacto con EQA España todas aquellas empresas que tengan dudas o que necesiten información más específica sobre CAE´S.

 

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