Avances en la Agilización de Licencias Urbanísticas en Andalucía – EUCA
# Episodio 90
En este podcast contamos con la intervención de Carlos Tomás Acosta, Arquitecto en EQA Licencias Urbanísticas.
Transcripción
00:19 Bienvenida
00:43 ¿En qué consiste la agilización en la tramitación urbanística por medio de la Colaboración Público-Privada (CPP)?
05:28 ¿Qué marco normativo autonómico está regulando esta Colaboración Publico-Privada?
07:40 ¿Cómo se materializa la Colaboración Público-Privada en los municipios andaluces?
09:47 ¿Qué municipios han avanzado ya en la redacción de una ordenanza que regule los servicios de la Entidades Urbanísticas Certificadoras en Andalucía?
12:43 ¿Qué modelos de ordenanza se están redactando en los municipios para regular esta Colaboración Público-Privada en los municipios de Andalucía?
15:00 ¿Qué modelos de certificados emite la Entidad Urbanística Certificadora?
19:57 Despedida
Tradicionalmente, cuando alguien quería construir o reformar un edificio, tenía que esperar a que el ayuntamiento revisara todos los documentos técnicos. Esto ha supuesto que ayuntamientos con poco personal y/o mucho trabajo se colapsaran, generando con ello muchos retrasos y la perdida de interés por tramitar los expedientes en este tipo de municipios, por esta demora.
Con la Colaboración Público-Privada, se permite que entidades externas acreditadas (como las Entidades Urbanísticas Certificadoras o EUC) revisen esos documentos técnicos por cuenta del ayuntamiento.
Por tanto, la Colaboración Público-Privada consiste en permitir que entidades externas acreditadas (las Entidades Urbanísticas Certificadoras (EUC)), como EQA Licencias Urbanísticas, surjan para asumir las funciones técnicas que habitualmente desempeñan los técnicos de los servicios municipales.
La administración pública local, como tutelante de las entidades urbanísticas certificadoras acreditadas, podrá delegar un volumen amplio de las tramitaciones de los informes técnicos municipales a estas, con el fin de aliviar la saturación que pueda tener en el departamento de licencias urbanísticas, mejorando con ello el servicio del departamento.
Las EUC verifican, inspeccionan y certifican el cumplimiento de la normativa urbanística, sectorial y técnica de los proyectos antes de que el ayuntamiento los autorice formalmente.
🔹 Ejemplo: Una EUC en Sevilla revisa un proyecto de obra y emite un certificado de conformidad urbanística (CAU) con equivalencia al informe técnico municipal.
EQA LU, como EUC podrá emitir (en este caso, mediante la regulación de la ordenanza municipal (OROA)) los certificados equivalentes a los informes técnicos municipales que, junto al informe jurídico emitido en sentido favorable por el ayuntamiento, se procede a la concesión del título habilitante.
Una EUC en Málaga revisa un proyecto de obra y emite un certificado de conformidad urbanística (CCU) con equivalencia al informe técnico municipal.
Con esta alternativa en el modelo de tramitación tradicional se logra:
1. Reducción de plazos y fortalecer la eficacia administrativa.
Evitan cuellos de botella por falta de personal, bajas, jubilaciones, etc., que el interesado y la administración al servicio de sus ciudadanos pueda contar con una alternativa para evitar tiempos en tramitación desproporcionados.
2. garantizar una seguridad técnico-jurídica en las declaraciones responsables que se presenten, pudiendo garantizar la inspección de la obra en tiempos razonables, evitando situaciones desagradables de sanciones y restitución de la legalidad urbanística entre la administración y el interesado que tramite la declaración responsable, mejorando con ello el servicio de la administración, a todos los agentes involucrados en la tramitación de estos títulos habilitantes (arquitecto, ciudadano y al promotor).
3. Validez legal de los certificados
Según los arts. 117 y 118 del Decreto-ley 3/2024 (que modifican respectivamente la LISTA y su Reglamento), los certificados emitidos por las EUC tienen la misma eficacia jurídica que los informes técnicos municipales, siempre que el municipio lo haya regulado mediante ordenanza.
4. Mayor seguridad jurídica
El promotor o técnico cuenta con una verificación objetiva y especializada que respalda su actuación ante la administración, minimizando riesgos de nulidad o sanción. También le da a la Administración un apoyo y garantía de que los títulos habilitantes para las actuaciones que se presenten han sido validados por el respaldo de estas entidades (por ejemplo: que una declaración responsable haya sido inspeccionada por una entidad que garantiza el cumplimiento normativo).
5. Digitalización y trazabilidad por medio de plataformas como Gestiona Licencias (de EQA Licencias Urbanísticas) permiten:
EQA Licencias Urbanísticas apuesta por la digitalización, y prueba de ello es la plataforma Gestiona Licencias:
Es una herramienta digital diseñada por EQA Licencias Urbanísticas para facilitar, centralizar y agilizar todo el proceso de tramitación, verificación y certificación de los expedientes con los interesados.
Principales beneficios:
• Tramitación 100% digital y multimunicipal.
• Seguimiento en tiempo real.
• Solicitud y simulación de presupuestos.
• Transparencia, control y seguridad documental.
En resumen:
La colaboración público-privada en el ámbito de la verificación, inspección y control en materia urbanística, resulta una medida muy útil para fortalecer la eficacia administrativa, particularmente en aquellos municipios que se encuentran colapsados como Sevilla, El Puerto de Santa María, Málaga o Marbella, que han recurrido a este modelo de colaboración con el objetivo de resolver esta situación.
En resumen, es como si el ayuntamiento delegara parte de su trabajo técnico en profesionales externos para ir más rápido y con más seguridad.
Carlos, ¿Qué marco normativo autonómico está regulando esta Colaboración Publico-Privada?
La colaboración público-privada en materia urbanística en Andalucía se encuentra respaldada por un marco normativo claro y en evolución, que permite a Entidades Urbanísticas Certificadoras (EUC) acreditadas puedan participar en la verificación, inspección y control de actuaciones urbanísticas, siempre que estén reguladas por una ordenanza municipal.
El inicio / punto de partida: lo marca la Ley 7/2021, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), surge esta figura de la CPP en el ámbito de la tramitación urbanística, que reconoce en su artículo 9 la posibilidad de que entidades externas colaboren con las administraciones públicas en funciones técnicas.
Este marco se desarrolla a través del Reglamento General de la LISTA (Decreto 550/2022), que regula la figura de las EUC (sus requisitos, obligaciones y su forma de acreditación en Andalucía) y los procedimientos de certificación técnica en los artículos del 11 al 16. Inscripción en el REUCA, obligaciones y requisitos de las entidades (Seguro de responsabilidad Civil, equipo técnico, acreditado como entidad de inspección tipo A por ENAC), principios de actuación, ámbitos de colab. Y act., la función y el contenido de los certificados e informes emitidos por la EUC, …
Y el gran avance para la funcionalidad e la entidad llega con el Decreto-ley 3/2024, de simplificación administrativa, cuyos artículos 117 y 118 (que supone una modificación del artículo 9 de la LISTA Ley 7/2021 y del Reglamento Decreto 550/2022, respectivamente) establece expresamente que los certificados emitidos por las EUC tendrán la misma validez y eficacia que los informes técnicos municipales, siempre que el ayuntamiento lo habilite mediante ordenanza.
Estas novedades en el marco legislativo autonómico terminan por delegar en los municipios la opción de contar con este modelo de colaboración público-privada, si se ven en la necesidad de reducir tiempos de tramitación, mejorar su capacidad de respuesta ante la demanda ciudadana y mantener las garantías legales necesarias.
Y, ¿Cómo se materializa la Colaboración Público-Privada en los municipios andaluces?
Primero, para que una entidad certificadora pueda actuar en Andalucía, debe inscribirse en el Registro de Entidades Urbanísticas Certificadoras de Andalucía (REUCA) y ha de cumplir los requisitos que establece el artículo 16 del Decreto 550/2022 (RGLISTA), que regula las bases para que una Entidad pueda actuar en Andalucía, como los requisitos de las entidades (artículo 16.3 Decreto (+Seguro de responsabilidad Civil, +equipo técnico cualificado y con experiencia, +acreditado como entidad de inspección tipo A por ENAC), (LOS REQUISITOS SUELEN SER BASTANTE ESTRICTOS COMO DICE EL DELEGADO DE LA CONSEJERIA DE de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda ANDALUCIA) Esto hace que las entidades que se acrediten sean entidades serias y rigurosas para el desempeño de sus funciones.
Por otro lado, para que un municipio pueda aprovechar los servicios que ofrece una Entidad Urbanística Certificadora, se debe redactar una ordenanza municipal que regule sus funciones, procedimientos, ámbito de aplicación, así como los certificados que emitirán estas EUC.
Estos informes/certificados de conformidad emitidos por la EUC podrán tener efectos equiparables al informe técnico municipal, sin perjuicio de la emisión del informe jurídico municipal, (según se determina el art. 118 del Decreto-Ley 3/2024).
Los interesados que deseen solicitar licencia urbanística y/o presentar declaración responsable podrán, de manera voluntaria, dirigirse a una EUC con el propósito de solicitar la expedición de los certificados acordes con el título habilitante y fase del procedimiento que le corresponda.
¿Y qué municipios han avanzado ya en la redacción de una ordenanza que regule los servicios de la Entidades Urbanísticas Certificadoras en Andalucía?
Actualmente, los municipios que han desarrollado una ordenanza que regula la colaboración público-privada con Entidades Urbanísticas Certificadoras en Andalucía son:
Sevilla, El Puerto de Santa María, Málaga y Marbella.
La situación de las ordenanzas municipales que regulan estos servicios de colaboración público-privada en el marco normativo andaluz es la siguiente:
Sevilla: Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades del Ayuntamiento de Sevilla (OROA). Aprobada definitivamente el 25/abril/2025, publicada en el BOP el 29/abril/2025.
El Puerto de Santa María: Ordenanza Municipal Reguladora de la colaboración público-privada en la tramitación de las licencias urbanísticas del ayuntamiento de El Puerto de Santa María. Aprobada definitivamente el 23/abril/2025, publicada en el BOP el 07/mayo/25.
Málaga: Ordenanza Municipal de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Málaga (OMLU). Aprobada inicialmente el 27/abril/2025.
Marbella: Ordenanza Municipal Reguladora de la colaboración público-privada en la tramitación de las licencias urbanísticas y demás medios de intervención sobre la actividad de edificación del ayuntamiento de Marbella. Aprobada inicialmente el 28/abril/2025.
Otros municipios que están trabajando en la redacción de una ordenanza que regule esta colaboración público-privada son:
Cádiz. Abrió un proceso de consulta pública con la idea de formalizar una ordenanza que regule la colaboración público-privada en la tramitación de licencias urbanísticas.
Rota. Aprobó el 18 de febrero de 2025 en el pleno del gobierno municipal el sacar una ordenanza que regule estos servicios. Se encuentra en la fase de redacción.
Tarifa. Abrió el 22 de abril de 2025 un periodo de consulta pública con la idea de formalizar una ordenanza que regule la colaboración público-privada en la tramitación de licencias urbanísticas.
Carlos, no sé si nos puedes contar: ¿Qué modelos de ordenanza se están redactando en los municipios para regular esta Colaboración Público-Privada en los municipios de Andalucía?
Dentro de los municipios que han avanzado en publicar una ordenanza que regule la colaboración público-privada en la tramitación urbanística, se observan dos casos:
Ordenanza “especifica”: crear una ordenanza que se centre en la regulación del proceso de colaboración público-privada, que se apoye en la ordenanza de tramitación de licencias y DR que tengan en vigor, y se permitan realizar modificaciones en esta ordenanza enfocada con esta regulación, sin que influya en la ordenanza general de tramitación.
(En este tipo se suelen definir: los ámbitos de actuación en los modelos de procedimientos y en el término municipal, tipos y funciones de los certificados, procedimiento de tramitación, modelos o contenido mínimo de los modelos de certificados, …)
Ejemplo: Ordenanza Municipal Reguladora de la colaboración público-privada en la tramitación de las licencias urbanísticas de El Puerto de Santa María. Aprobada definitivamente el 23/04/2025
Beneficios: rápida implantación, agilidad y flexibilidad en llevarse a cabo modificaciones,
Ordenanza “general”: se aprovecha para realizar cambios en la ordenanza preexistente, actualizándolo a la legislación autonómica, con cambios novedosos que sea más aclarativa e incorpore las modificaciones en la tramitación de licencias y declaraciones responsables en el municipio. En ella, la regulación de la colaboración público-privada contará con un contenido similar al del otro modelo de ordenanza, pero se estructurará por medio de capítulos/epígrafes dentro de la ordenanza general (ya sea de licencias municipales, de obras, DR, DR de Ocupación/Utilización y actividades, etc).
(En este tipo se suelen definir: los ámbitos de actuación en los modelos de procedimientos y en el término municipal, tipos y funciones de los certificados, procedimiento de tramitación si se va por el método tradicional (administración local) o por el método alternativo (EUC o CP), una parte de Anexos que podrán incluir:
Los ámbitos de actuación, así como los de exclusión de la actividad de las EUC, los modelos de certificados o la regulación de los precios mín/max de los servicios de las EUC, …)
Ejemplo: Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (OROA) del Ayuntamiento de Sevilla. Aprobada definitivamente el 25/04/2025
Beneficios: lectura completa de los procedimientos de tramitación en este ámbito urbanístico con las actualizaciones de la LISTA, y la integración de los tipos y modelos de certificados, mayor comprensión de los dos procedimientos de tramitación (método tradicional por el ayuntamiento o método de colaboración con EUC/ CP).
Y, ¿Qué modelos de certificados emite la Entidad Urbanística Certificadora?
Modelos de informes/certificados:
Nuestra entidad está acreditada para emitir certificados/informes de conformidad favorables o desfavorables en el desempeño de las actuaciones de verificación, control e inspección del cumplimiento normativo urbanístico establecidas en el RGLISTA (Decreto 550/2022).
Los certificados que emite la EUC a día de hoy en los municipios andaluces que regulan su colaboración son los siguientes:
Estos informes/certificados emitidos por la EUC requieren de una Ordenanza reguladora municipal que habilite su equiparabilidad con el informe técnico municipal (como se regula en el art. 188 del Decreto-Ley 7/2024), y no limitan o excluyen las actuaciones administrativas de verificación, comprobación o inspección respecto a las actuaciones que corresponda realizar a las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.
Conclusión:
Este modelo de colaboración público-privada resulta una herramienta muy útil para fortalecer la eficacia de las administraciones publicas locales, particularmente en aquellos ámbitos en los que existe una elevada demanda ciudadana o una escasez de equipo técnico, como sucede en ámbitos como el de las licencias urbanísticas, las declaraciones responsables y la inspección urbanística.
El éxito de modelo de colaboración con la administración (iniciado en 2009 por el Ayto. de Madrid); y su necesidad en otros municipios del territorio español ha llevado a que se extienda a nivel territorial, continuando su regulación en otras CCAA como la Valenciana, Galicia, Andalucía, la propia Comunidad de Madrid, Baleares, Extremadura.
La incorporación de Entidades Urbanísticas Certificadoras (EUC) en Andalucía representa un paso firme hacia el impulso y la agilización de los procedimientos urbanísticos. Gracias al marco normativo autonómico actual (LISTA, su Reglamento y el Decreto-ley 3/2024), se ha habilitado una vía eficaz de CCP para reducir plazos y mejorar la eficiencia administrativa sin perder garantías jurídicas.
El respaldo normativo autonómico y local y el compromiso de municipios pioneros en contar con esta CPP, consolida un nuevo escenario en el que este tipo de entidades, como EQA Licencias Urbanísticas, jueguen un papel clave para servir de apoyo y fortalecer la capacidad operativa de las administraciones locales, mejorando sus servicios y beneficiando a todos los agentes implicados en la tramitación (estudios de arquitectura, los promotores y al ciudadano).