Situación actual de la CSRD y Directiva Ómnibus
# Episodio 102
En este podcast contamos con la intervención de Leyre Soriano, Responsable Técnico de Informes de Sostenibilidad en la Unidad de Negocio Finanzas Sostenibles y Responsabilidad Corporativa de EQA.
Transcripción
00:19 Introducción
01:07 ¿Qué son la CSRD, paquete ómnibus, Estándar Voluntario de Reporte de Sostenibilidad…?
03:52 ¿Cuál es la situación actual al respecto? ¿Ha habido alguna novedad recientemente?
04:49 ¿Cuáles son los criterios de aplicación de la CSRD?
05:25 ¿Dónde queda el estándar voluntario (VSME) en todo esto?
06:19 ¿Cuál es la situación en España?
10.22 Despedida
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La sostenibilidad ha pasado de ser una cuestión estratégica a convertirse en una obligación regulatoria para miles de empresas en Europa. En los últimos meses hemos oído hablar mucho de la CSRD, del llamado paquete ómnibus y del estándar voluntario de Reporte de Sostenibilidad, términos que están generando dudas y también cierta incertidumbre en el tejido empresarial. Hoy vamos a intentar entender hacia dónde va el reporting de sostenibilidad en Europa. Para ello contamos con Leyre Soriano, Responsable Técnico de Informes de Sostenibilidad en la Unidad de Negocio: Finanzas Sostenibles y Responsabilidad Corporativa.
Buenos días Leyre, ¿cómo estás?
1. Pues vamos a empezar y para ello, relacionado con la normativa europea de reporte de sostenibilidad hemos estado escuchando todos los términos que ya hemos adelantado: CSRD, paquete ómnibus, Estándar Voluntario de Reporte de Sostenibilidad … ¿podrías aclararnos un poco cada uno?
Primeramente tenemos la CSRD que es una normativa que se aprueba en la Unión Europea en 2022, que sustituye a la previa NFRD, que lo que busca es establecer una serie de pautas y criterios para el reporte de la sostenibilidad dentro de la Unión Europea.
El cambio que supone de la NFRD a la CSRD es muy importante porque la CSRD es mucho más profunda de lo que era hasta ahora. Las exigencias son mayores, se amplía como el número de empresas que tendrían que reportar y por lo tanto esto crea muchas diferencias dentro del ámbito corporativo y al final un poco traído por esa presión y también por el hecho de que se considera que la CSRD puede acabar poniendo en cierta manera en peligro la competitividad de las empresas de la Unión Europea con las de otras economías, como puede ser Estados Unidos o China, surge la idea del paquete ómnibus.
El paquete ómnibus lo que busca es simplificar una serie de normativas traídas por la Unión Europea, entre las que se encuentra la CSRD. Entonces lo que hace es, en cierta manera, redefinir lo que se había dicho previamente en esas otras normativas para simplificarlas y que no supongan tanta exigencia para las empresas.
Por otro lado, el estándar voluntario surge a raíz de que la CSRD, como ya he dicho, cambia el tema de los umbrales y aunque en un principio parecía que iba a ser más exigente, se ha vuelto a simplificar con el paquete de ómnibus, lo cual deja fuera a muchas empresas, principalmente las pequeñas y medianas empresas. También, como la CSRD, exige mucho sobre las cadenas de valor de las grandes empresas, al final ellas van a necesitar esa información de sus proveedores de las pequeñas empresas. Por lo tanto, las pequeñas empresas iban a sufrir un efecto goteo, por así decirlo, respecto a las exigencias de la CSRD con el reporte de sostenibilidad. Entonces, este estándar voluntario se crea para que las empresas pequeñas y medianas, mediante la publicación y el reporte de esta información, cumpliendo con este estándar voluntario, cumplirían con los requisitos de las grandes empresas respecto a la CSRD.
Tenemos como un poco estos 3 focos diferentes, por así decirlo, y esas son las principales diferencias entre ellas.
2. Entonces, podría decirse que la directiva ómnibus y el estándar voluntario son consecuencia de la CSRD. ¿Cuál es la situación actual al respecto? ¿Ha habido alguna novedad recientemente?
Tenemos información muy reciente, ya que esta misma semana se ha aprobado la directiva ómnibus. Ya ha pasado por todos los órganos de gobierno de la Unión Europea, como tienen que pasar todas estas directivas, y ya ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por lo tanto, dentro de 20 días entrará en vigor oficialmente esta directiva o paquete ómnibus y las medidas que propone que adaptan a la CSRD, por lo tanto, entran en vigor.
Y entonces, esto supone que todos los países de la Unión Europea van a tener que transponer durante el próximo año estas adaptaciones que supone el paquete ómnibus con respecto a la CSRD.
3. En ese caso, con la entrada en vigor de la directiva ómnibus, ¿cuáles son los criterios de aplicación de la CSRD?
En este caso lo que ocurre es que la CSRD se queda con empresas por encima de los 1000 empleados.
Y con unos activos superior a los 450.000.000€. Por lo tanto, como ya he mencionado antes, vemos que la CSRD se va a centrar mucho en lo que son las grandes empresas, las grandes, muy grandes empresas en toda la Unión Europea.
4. Leyre, y ¿Dónde queda el estándar voluntario (VSME) en todo esto?
Aunque en un principio se crea y se desarrolla con la idea de que sea específicamente para pequeñas y medianas empresas, realmente parece que lo que va a ser es un poco el sustituto, por así decirlo, o la opción a elegir para todas esas empresas que se quedan fuera de la CSRD, que en este caso sería todas las que están por debajo de los 1000 empleados. A día de hoy, una empresa de 800 empleados la consideraríamos como una empresa grande, pero igualmente se queda fuera de la CSRD. Entonces el estándar voluntario, aunque en un principio estaba muy enfocado en pequeñas y medianas empresas, pues se va a acabar quedando un poco en cubrir todo lo que no cubre la CSRD.
Y por lo tanto, no van a ser solo las empresas por debajo de los 250 empleados, sino que van a ser aquellas por debajo de los 1000 empleados.
5. Para terminar, ¿podrías contarnos un poco cual es la situación en España?
En España tenemos una situación un poco especial, por decirlo de alguna manera, porque como he mencionado anteriormente, y a partir de ahí ahora con la aprobación del paquete ómnibus y su entrada en vigor, los países van a tener que transponer a sus normativas nacionales esta directiva, como pasa con todas las directivas que vienen de la Unión Europea, luego cada país tiene que transponerla a su propia normativa.
Ya pasó en con la ley 11/2018, que es la que tenemos hoy en día para los estados de información no financiera y con la CSRD existía un plazo hasta 2024, que nosotros no hemos cumplido. En España no se ha cumplido. Todavía no tenemos transpuesta la CSRD, sí que se firma un anteproyecto de ley previo a el paquete ómnibus.
¿Cuál creemos que va a ser la situación que se va a dar a partir de ahora? Bueno, es cierto que se tiene como tal oficialmente un año para cumplir el plazo y lo que se va a hacer es crear directamente una directiva que transponga simultáneamente la CSRD y el paquete ómnibus. Si bien es cierto, y quiero dejar bastante en claro esto, porque ya tenemos muchas empresas que están muy preocupadas por este tema y nos preguntan al respecto.
Es importante tener en cuenta que cuando hablamos de la CSRD o del paquete ómnibus, hablamos de lo que se ha definido a nivel Unión Europea.
El país, o sea, el gobierno de cada país, puede decidir cambiar estos requisitos, es decir, por más que la CSRD en la Unión Europea se haya definido como que tiene que ser para empresas de más de 1000 empleados, el gobierno español a la hora de transponerlo a la normativa nacional puede decidir cambiar ese mural.
Es cierto que tiene que tratar de cumplir medianamente con lo que exige la CSRD, pero puede decidir ser más exigente. Y, de hecho, ya lo vimos con la Ley 11/2018, que es más exigente que la transposición que tenían en otros países de la ley previa respecto al reporte de sostenibilidad.
Por lo tanto, mi recomendación para las empresas es que, por supuesto, traten de estar informados respecto a cuál es la situación en Europa y lo que se dice, y ahora con la directiva ómnibus, que ya por fin también como que asentamos un poco porque venimos de tener un proceso muy largo en el que no estaba claro qué iba a pasar, no se sabía cuándo se iba a saber algo, etcétera.
Ahora que ya por fin esto ha sido definido, tratar de estar al día al respecto, pero tener muy en mente que esto puede cambiar y que hasta que no se defina cómo va a ser la normativa española, no podemos dar nada por sentado.
Entonces, también tratar de mantener la calma, aprovechar que además el paquete de ómnibus, entre otras cosas, también lo que ha hecho ha sido congelar los tiempos. Por lo tanto, hasta 2028 existe cierto respiro a nivel europeo para estas adaptaciones de la CSRD.
Y, por último, recomendar que trate de ser progresivo. Como ya he dicho, soy consciente de que todavía en España hay muchas cosas que no están claras, pero tratar de adaptarse dentro de lo que se pueda o de ser consciente de qué partes de tu reporte o de tu gestión vas a tener que adaptar para poder cumplir con estas normativas. Echar un ojo a los requisitos o a los indicadores que se piden. Si resulta que a partir de ahora tienes que hacer una doble materialidad y hasta ahora no lo has hecho, es un proceso muy largo y la doble materialidad es una parte muy importante de la CSRD.
Tenerla en cuenta, ir analizando cómo se puede realizar ese análisis, etcétera. Es decir, un poco que traten de ir poco a poco adaptándose a esto, porque si no, al final lo que va a pasar es que en el momento en que todo entre en vigor y esté definido va a acabar suponiendo una bofetada, entonces hay que intentar suavizar un poco ese paso.






