
Certificación Fin de Condición de Residuos Termoplásticos
El Pacto Verde Europeo desarrolla un marco de gestión sustentado en los pilares fundamentales que se derivan, a su vez, del Plan de Acción para la Economía Circular y de su objetivo de convertir los productos sostenibles en la norma. También responden a peticiones concretas de los europeos expresadas en la Conferencia sobre el Futuro de Europa.
La Comisión Europea también aporta claridad a los consumidores y a la industria acerca de los residuos termoplásticos, determina las aplicaciones en las cuales esos residuos plásticos son realmente beneficiosos desde el punto de vista medioambiental y la manera en que deben diseñarse, eliminarse y reciclarse. Es por ello, que desde la Unión Europea se está impulsando e instando a los estados miembros, que todos los envases del mercado de la UE sean reciclables de manera económicamente viable de aquí a 2030, reduciendo las necesidades de recursos naturales primarios y creando un mercado de materias primas secundarias que funcione correctamente, aumentando el uso de plásticos reciclados en los envases mediante objetivos obligatorios.
Derivado del marco anterior, en España se publica la Orden TED/646/2023, la cual regula cuándo los residuos termoplásticos tratados mecánicamente y que son destinados a la fabricación de productos de plástico dejan de ser residuo, aportando seguridad jurídica y eliminando barreras burocráticas entre operadores de la cadena del reciclaje. El cumplimiento de la citada orden permite a los gestores de termoplásticos tratados mecánicamente que las fracciones de la salida de sus plantas ya no sean consideradas residuos y, por tanto, tengan la consideración jurídica de productos, denominados material plástico reciclado.
Para que un gestor de residuos termoplásticos pueda poner en el mercado plástico reciclado sin ser considerado residuo, deberá superar de forma favorable y periódicamente, auditorías de una entidad acreditada bajo el esquema RDE-10 de ENAC, basadas en la norma ISO 9001 y en una serie de estándares técnicos y otros requisitos específicos aplicables al material plástico reciclado.
Preguntas frecuentes
Proceso de certificación 9001 + Fin de Condición de Residuo Termoplástico (FCR)
El proceso de certificación tiene los siguientes pasos:
1. Solicitud de certificación. En caso de no disponer de certificación vigente ISO 9001, deberá incluir también esta norma en la solicitud.
El gestor final, objeto de este proceso de certificación, deberá disponer de una instalación autorizada en la operación de valorización final sobre los residuos plásticos codificada como «R0307 Reciclado de residuos orgánicos para la producción de materiales o sustancias».
2. Planificación.
- Fase 1. (sólo para certificación inicial 9001)
- Fase 2.
3. Emisión del certificado.
El mantenimiento del certificado conlleva el siguiente proceso:
- Seguimiento anual 1.
- Seguimiento anual 2.
4. Recertificación.
En caso de disponer de certificación vigente bajo esquema ISO 9001, la duración habitual del proceso de certificación FCR se encuentra entre 1 y 3 meses, desde que la empresa entrega la Solicitud de Certificación hasta la consecución del certificado, estos tiempos pueden verse ampliados en relación a los resultados de la auditoría. Aconsejamos que se solicite la certificación con 2 meses sobre la fecha prevista de inicio del proceso.
Normativa legal y otros estándares técnicos asociados al esquema Fin de Condición de Residuos Termoplásticos
- Orden TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH).
- Reglamento (UE) 2022/1616 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2022, relativo a los materiales y objetos de plásticos reciclado destinado a entrar en contacto con alimentos.
- Reglamento (CE) nº 1272/2008 de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) nº 1907/2006.
- Reglamento (CE) 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos.
- Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes.
- Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.
Normas técnicas específicas de aplicación (siempre la versión más actualizada):
- UNE-CEN/TS 16011:2015 EX. Plásticos. Plásticos reciclados. Preparación de muestras.
- PD CEN/TS 16010:2020 Plastics. Recycled plastics. Sampling procedures for testing plastics waste and recyclates.
- UNE-EN 15342 Plásticos. Plásticos reciclados. Caracterización de reciclados de poliestireno (PS).
- UNE-EN 15344 Plásticos. Plásticos reciclados. Caracterización de reciclados de polietileno (PE).
- UNE-EN 15345 Plásticos. Plásticos reciclados. Caracterización de reciclados de polipropileno (PP).
- UNE-EN 15346 Plásticos. Plásticos reciclados. Caracterización de reciclados de poli(cloruro de vinilo) (PVC).
- UNE-EN 15348 Plásticos. Plásticos reciclados. Caracterización de reciclados de poli (tereftalato de etileno) (PET).