Mirando hacia un futuro más sostenible
El 21 de abril marcó un antes y un después en las estrategias y políticas en materia ASG (Ambiental, Social, y de Gobernanza – ESG, por sus siglas en inglés) de las organizaciones tras la presentación de un paquete de medidas que contribuirá a una mayor unión entre las actividades sostenibles y la cuenta de resultados. Estas medidas, alineadas con el Pacto Verde Europeo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU, afianzan los compromisos adquiridos en materia sostenible y ayudarán a garantizar la financiación sostenible. Para ello se han publicado dos documentos que se irán matizando y enriqueciendo en los próximos meses:
– El Acto delegado de Taxonomía Climática de la UE (“EU Taxonomy Climate Delegated Act”), que tiene como objeto apoyar las inversiones sostenibles. Esta publicación contribuye a crear un lenguaje común en materia de finanzas sostenibles, así como ha definido criterios para la elaboración de una primera lista de “actividades sostenibles”, alineadas con los objetivos medioambientales de la UE. En este documento se cubren los 13 sectores con mayor impacto en las emisiones de gases de efecto invernadero en Europa, y se irá ampliando a lo largo de 2021 incluyendo otros sectores que no se han considerado actualmente.
– La segunda publicación es la propuesta de Directiva de Información en materia de Sostenibilidad (“Non Financial Reporting Directive – NFRD”), cuyo objeto es mejorar el flujo de la información sobre sostenibilidad en el mundo empresarial mediante una mayor estandarización de los contenidos, y el establecimiento de la obligación a que estos informes se vean sometidos a un proceso de aseguramiento independiente , así como el establecimiento de nuevos requisitos, como la “doble materialidad”, el papel del consejo de administración, y la relación de los aspectos ASG con la estrategia y sus grupos de interés.
¿Cómo afectarán en el futuro del “reporte en sostenibilidad”?
La primera de las publicaciones, si bien no tendrá una influencia directa, si afectará al contenido, principalmente en aquellas organizaciones que realicen inversiones sostenibles. Estas organizaciones, según el REGLAMENTO (UE) 2020/852 de 18 de junio de 2020, deberán informar a partir del año que viene sobre la proporción del volumen de negocios de este tipo, sus inversiones de activo fijo (CapEx) o sus gastos operativos (opEx) asociados a actividades económicas medioambientalmente sostenibles, así como los indicadores clave de los resultados obtenidos. Este documento, así como otros que serán publicados a lo largo de 2021 y 2022 podrán afectar en la forma y el contenido a recoger en los informes. Por ejemplo, a futuro pueden modificarse algunos criterios que excluyan algunas de las actividades que hoy se consideran como “inversión sostenible”, afectando por tanto a los datos a reportar en los informes de sostenibilidad.
La segunda de las publicaciones, en cambio, tendrá un efecto trascendental en la elaboración de los informes de sostenibilidad ya que afectará al alcance de la normativa, los contenidos, y sobre el proceso de aseguramiento independiente. A continuación, se resumen las principales modificaciones:
1- Aumento de las empresas sujetas a informar: Con esta propuesta se pretende pasar de las 11.000 empresas que actualmente informan sobre su desempeño en materia ASG a 50.000, incluyendo todas las grandes empresas y las que cotizan en bolsa. Además, se definirán normas para grandes empresas y normas proporcionadas para empresas PYME que coticen en mercados regulados, en mercados de crecimiento de PYME o en sistemas multilaterales de negociación (SMN).
2- Contenido de los informes: Se definirán y concretarán los contenidos que deben recogerse en el informe, entre los que destacan los siguientes aspectos:
a) Se introducen nuevos requisitos relativos a informar sobre la estrategia, objetivos, papel de los órganos de gobierno, impactos relacionados con la empresa y su cadena de valor, entre otros.
b) Se elimina la distinción entre información e información no financiera, colocando ambos al mismo nivel de relevancia.
c) Se establece el principio de “doble materialidad”. Las organizaciones deberán informar sobre si su modelo y estrategia empresarial tiene en cuenta a sus grupos de interés, cuáles son sus principales impactos, y cómo los ha identificado.
d) Se homogeneizarán los indicadores, metodologías y criterios de la información a reportar a través de normas sobre sostenibilidad. Estas normas se encuentran en proceso de elaboración por el EFRAG y se prevé que durante 2022 se publiquen las primeras normas, para ser aplicadas en los informes de 2024 con la información correspondiente al ejercicio fiscal 2023).Se introducen nuevos requisitos relativos a informar sobre la estrategia, objetivos, papel de los órganos de gobierno, impactos relacionados con la empresa y su cadena de valor, entre otros.
3- Aseguramiento independiente: Esta nueva propuesta introduce como un requisito general en toda la Unión Europea el aseguramiento de los informes de sostenibilidad por un tercero independiente, de forma que se garantice la fiabilidad y precisión de la información reportada.
En conclusión, con estas nuevas publicaciones la Unión Europea vuelve a reafirmar su compromiso hacia una economía sostenible, en línea con el Pacto Verde Europeo y los ODS, así como sienta unas bases más sólidas en materia de reporte y soluciona los principales problemas asociados a falta de garantías y fiabilidad, y la ausencia de criterios o marcos de reporte. Y esto solo es el principio, 2021 y los próximos años prometen traer muchas novedades que seguro no nos dejarán indiferentes.
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